El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
Finca Nº 26.220 de Durango. Registro de la Propiedad de Durango. CRU: 48009001124029.
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
Finca Nº 26.220 de Durango. Registro de la Propiedad de Durango. CRU: 48009001124029.
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
Finca Nº 26.057 de Durango. Registro de la Propiedad de Durango. CRU: 48009001123039.
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
Finca Nº 26.057 de Durango. Registro de la Propiedad de Durango. CRU: 48009001123039.
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
Finca Nº 26.220 de Durango. Registro de la Propiedad de Durango. CRU: 48009001124029.
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
Finca Nº 26.220 de Durango. Registro de la Propiedad de Durango. CRU: 48009001124029.
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
No hay llaves de acceso, sustitución de la cerradura a cuenta del adjudicatario.
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
Finca Nº 27.361 de Eibar. Registro de la Propiedad de Eibar. CRU: 20016000492596.
Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
Finca Nº 27.364 de Eibar. Registro de la Propiedad de Eibar. CRU: 20016000492626.