Impuesto aplicable IVA (21%) por ser primera transmisión.
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble:
El adjudicatario del inmueble deberá asumir la deuda total de IBI y Comunidad de Propietarios hasta la fecha de escritura del inmueble: